¿Cómo conseguir el certificado de idoneidad?
Cualquier persona que quiera adoptar un niño, tanto español como extranjero, debe poseer el certificado de idoneidad. Dicho certificado no demuestra que los solicitantes sean o no buenos padres, sino que garantiza el mejor lugar de acogida para el niño. De ahí que para obtenerlo haya que realizar diferentes trámites: presentar la solicitud ante el Servicio de Protección de Menores de la comunidad autónoma en la que resides, acompañada de documentos como el certificado de nacimiento, de antecedentes penales, declaraciones de la renta y patrimonio, etc. A continuación, dicho organismo realizará visitas y entrevistas con los solicitantes para analizar la coherencia y la fiabilidad del proyecto, así como la capacidad para identificaros como padres de un niño e iniciar con él una vida en común. En caso favorable, el SPM os otorgará el certificado de idoneidad.
¿Quién concede el certificado de idoneidad?
El Servicio de Protección de Menores de la comunidad autónoma en la que residas. Cuenta que tardan unos nueve meses en concederlo y una vez conseguido tiene una validez de tres años.
Ya tengo el certificado, ¿y ahora qué?
>Si quieres adoptar en España y ya tienes el certificado, se inicia el expediente de propuesta previa de adopción en el que consta el adoptante más adecuado para la adopción, su situación personal y económica y la relación que pueda mantener con el menor. Toda esta documentación se presentará ante la autoridad judicial. La propuesta previa no es necesaria cuando el menor es huérfano y mantiene una relación consanguínea de tercer grado con el adoptante, cuando es el hijo del cónyuge o si se trata de un mayor de edad o menor emancipado. Además, la autoridad judicial siempre deberá oír el testimonio del menor cuando éste tenga, al menos, doce años. Una vez concedida la adopción, el proceso se vuelve irrevocable excepto en casos extremadamente especiales.
>Si quieres adoptar en el extranjero, el proceso es muy similar. El organismo encargado en la comunidad autónoma en la que resides deberá tramitar todo el expediente y está obligado a gestionar las solicitudes tanto si la presentas directamente ante dicho organismo como si le llegan mediante un mediador acreditado, es decir, agencias de adopción. Además, se encarga de la concesión de los certificados de idoneidad y si el país extranjero lo exige, debe comprometerse a realizar un seguimiento del proceso. En este caso los padres adoptivos deben trasladarse al país de origen del niño para traerlo a España.
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