Hace tan solo unos días, la polémica sobre el upskirting saltó a los medios de comunicación en Reino Unido. ¿La razón? Una joven estaba en un concierto al aire libre con su hermana, unos desconocidos comenzaron a hablar con ellas y, después de una extraña reacción de sus interlocutores, se dieron cuenta de que uno de ellos había sacado una foto desde el suelo a la entrepierna de una de las chicas. Ella llevaba falta y él comenzó a acercarse y aprovechó ese momento para sacar la imagen de debajo de la falda de la chica. Sí, esto es acoso a plena luz del día.
La joven quiso denunciar por acoso a su fotógrafo perturbado pero, tras consultar a la policía le dijeron que ella estaba en un lugar público, no se veía su rostro y no suponía una intromisión en su intimidad como tal. Para considerarse un delito de voyeurismo, la foto tendría que haberse hecho cuando la víctima del acoso estuviese dentro de un lugar privado. Un vacío legal en Reino Unido que, evidentemente, hace un flaco favor a las mujeres.
De hecho, cuando la joven británica compartió un post en su muro de Facebook para denunciar este tipo de prácticas lo que se encontró fue con muchas otras chicas que también habían vivido este tipo de acoso. Además del apoyo de otras mujeres en un claro ejemplo de sororidad, también hubo personas que criticaban que la mujer llevase falda y la situaban a ella como culpable de este tipo de acoso. ¡Una verdadera vergüenza!
En nuestro país, por ejemplo, el artículo 18 de la Constitución garantiza "el Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” además se puntualiza que "la Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.
En territorio nacional, se detuvo hace un tiempo a un hombre que desarrolló un mecanismo para llevar una especie de minicámara en sus zapatillas y poder ver la ropa interior de las chicas con falda cuando se acercaba a ellas en el metro. Como es lógico, fue detenido pero este tipo de acciones suelen considerarse como infracciones a la intimidad y no como delito de acoso sexual.
¿Qué piensas tú de este tipo de acoso? ¿Has vivido alguna vez una situación parecida?
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