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El registro de nacimiento

por El equipo editorial ,
El registro de nacimiento

El bebé está a punto de nacer y quieres saber cuándo, cómo y por qué registrarlo. Nosotros te contamos todo lo que hay que saber sobre el registro de nacimiento.

Un trámite necesario y obligatorio
El registro de nacimiento es obligatorio. El certificado resultante del registro da fe del nacimiento, por lo tanto, de la existencia de una persona, de su identidad y su filiación.

Video por Carla Dominguez

El plazo
El plazo para registrar al recién nacido en el Registro Civil va entre las 24 horas y los ocho días posteriores al nacimiento.
La inscripción puede hacerla el padre, la madre o cualquier persona mayor de edad que esté presente durante el parto. El médico, la comadrona o el ayudante técnico asistentes al alumbramiento también deberán informar por escrito del nacimiento del neonato al encargado del Registro Civil.

El lugar
El registro de nacimiento se lleva a cabo en el Registro Civil. Si el nacimiento se produce en una ciudad diferente a la del domicilio de los padres pero se quiere inscribir al recién nacido en el lugar de residencia de éstos, hay que aportar la siguiente documentación:
-Certificado de empadronamiento de ambos padres.
-Certificado del hospital o clínica conforme no se ha iniciado ninguna otra inscripción en ningún otro lugar.
-Acreditación mediante DNI o certificado de empadronamiento de la residencia habitual de los padres.
-Manifestación de los padres de que ni ellos ni el hospital han iniciado la inscripción del nacimiento en el Registro Civil correspondiente al lugar en el que se ha desarrollado el parto.
-Manifestación de que se considera como lugar de nacimiento del bebé el municipio en el que están asentados los padres.

El modo
El registro de nacimiento es un acto oficial y gratuito para el que deben presentarse los documentos siguientes:
-El parte médico del alumbramiento: facilitado por el hospital o clínica donde ha tenido lugar el parto.
-DNI de los padres.
-Libro de familia u otro documento que acredite que el matrimonio está debidamente legalizado.

Hijos no matrimoniales
En este caso, el registro de nacimiento es un tanto diferente del registro de nacimiento de los bebés con padres casados.
Para empezar, son ambos padres quienes deberán acudir personalmente al registro. Los documentos que deben aportarse son los siguientes:
-El parte médico del alumbramiento: facilitado por el hospital o clínica donde ha tenido lugar el parto.
-DNI de los padres.
-El estado civil de la madre: en caso de que haya estado anteriormente casada habrá que romper la presunción legal de paternidad presentando un certificado de matrimonio y la sentencia firme de separación o divorcio. Si se trata de una separación de hecho, la madre deberá acudir al Registro Civil con dos testigos.
También requieren un registro de nacimiento especial los siguientes casos:
-Nacimiento español que tiene lugar en el extranjero.
-Inscripción en el registro como español de un extranjero casado con un español.
-Inscripción de nacimiento con nacionalidad española por opción.
-Inscripción de nacimiento con nacionalidad española por recuperación.
-Inscripción de nacimiento con nacionalidad española por residencia.
-Inscripción de nacimiento y adopción constituida en el extranjero.

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